Miembros de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN INSTITUTO COSTARRICENSE DE ENSEÑANZA RAFIOFÓNICA, (ICER).



Presidente: Lic. Rafael Rojas Jiménez, miembro fundador de la Asociación ICER. Vecino de Monterrey de Montes de Oca.
Vicepresidente: Princesa Nora de Liechtenstein, miembro fundador de la Asociación ICER. Ciudadana liechtensteiniense.
Tesorero: Padre Leopoldo Galdámez Lara. Forma parte de la junta desde el año 2012. Vecino de Lourdes de Montes de Oca.
Secretario: Lic. Guillermo Brenes. Abogado. Vecino de Turrialba.
Vocal:Doctora Eugenia Bozzoli Vargas. Se integró a partir del 2012 a la junta del ICER. Vecina de Yoses Sur, San José.
Vocal: Padre Carlos Arias Monge. Se incorporó desde el año 1998 a la Asociación ICER. Vecino de Lourdes de Montes de Oca.
Fiscal: Mpa. Ramón Buitrago Salazar, el cual se integró desde el 2008 a la junta del ICER. Vecino de Amubri, Talamanca.

 ¿Cada cuánto se reúnen?

 Los miembros de la Junta Directiva se reúnen cada mes y la asamblea lo hace en enero de cada año. No reciben ningún tipo de remuneración económica por este servicio a la comunidad.

 Algunos detalles de la conformación de la Junta Directiva y de la Asamblea, según los estatutos del ICER.

 Artículo 6: La Asociación tendrá dos clases de miembros o asociados:

a)Ordinarios; hasta el número de 15.
b)Honorarios;Tendrán ese carácter aquellas personas, nacionales o extranjeras a cuyo favor acuerde tal distincíon la Asamblea General, en atención a sus méritos y valiosas contribuciones en el campo de la educación y formación de adultos. La Asamblea General podrá elegir un Miembro Honorario anualmente.

AFILIACIÓN

Artículo 7: Toda persona física mayor de edad, de cualquier nacionalidad, puede ser miembro de la asociación.

Artículo 8: Para afiliarse a la asociación se requiere: Presentación del candidato a la Junta Directiva por medio de uno de los miembros de la misma; aceptación por escrito de la Junta Directiva a voto unánime de los cinco miembros; inscripción en el registro de asociados. Los miembros de la Asociación pueden desafiliarse cuando lo deseen. En este caso, deberán solicitar su desafiliación por escrito de la Junta Directiva, quien lo acordará sin más trámite.

DERECHOS DE LOS ASOCIADOS.

Artículo 9: Son derechos de los asociados:
a) Tener voz y voto en las Asambleas Generales.
b) Elegir y ser electo para cualquier cargo dentro de la Asociación.
c) Denunciar irregularidades ante el Fiscal.  

Artículo 10: Queda terminantemente prohíbido a la Asociación y a sus miembros, por medio de la misma, perseguir fines de orden confesional o político electoral.

 DEBERES DE LOS ASOCIADOS  

Artículo 11: Son deberes de los asociados:
 a)Acatar y respetar las disposiciones de estos estatutos; de acuerdo con las resoluciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva, dictadas dentro de sus respectivas atribuciones; b)Contribuir con su esfuerzo al progreso de la Asociación y al cumplimiento de sus fines;
c) Asistir a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias a que hayan sido debidamente convocados;
d) Asumir la defensa de la Asociación y la de sus asociados en el orden moral, social, legal y administrativo;
e) Guardar la mayor reserva respecto a los asuntos que conozca o tramite la asociación.

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